domingo, 23 de octubre de 2016

CAPITULO 69


Frente a la presencia de los CC. Generales José Joaquín Herrera, Ignacio Mora, los licenciados José Bernardo Couto y Miguel Atristáin; don Manuel Crescencio Rejón termino de leer el documento que tenía en sus manos..

-      ¿Qué es eso?. – pregunto Antonio López de Santa Anna al diputado Manuel Crescencio Rejón, frente aquella mesa rectangular, donde se encontraban también algunos de los oficiales del ejército mexicano.
-      Eso, es una sentencia de amparo.- respondió con gusto don Manuel Crescencio Rejón.
-      ¿No entiendo?. ¿Una sentencia de que…?
-      De amparo general. Una sentencia de amparo.
-      Ya sé que lo promovió esa vieja de nombre Amparo, lo que quiero saber es de que trata ese documento.
-      Ese documento es una sentencia de Amparo. Del juicio constitucional del que siempre le he hablado. Del que tutela las garantías individuales que establecen los derechos fundamentales de las personas.
-      ¿Juicio de acambaro, amaro o mambaro?, ese del que tanto habla don Manuel.
-      Juicio de Amparo general, de Amparo. ¡Recuérdelo¡.
-      Sigo sin entender que chingados es.

Molesto el general recorría de un punto a otro, su oficina. Al mismo tiempo que existía Incredulidad para algunos de los testigos, para otros, un total desconocimiento de lo que decía ese documento, empezando por el general en jefe del ejército mexicano y titular del poder ejecutivo, que no sabía los alcances de ese “amparo” concedido.



-      Una sentencia de amparo es el veredicto que dicta un juez, para pedirle a cualquier funcionario del Supremo Gobierno o diputado del Congreso, se abstenga de ejecutar cualquier acto que atente contra las garantías individuales de los gobernados.  Recuerde general que las garantías individuales, son los derechos fundamentales que tienen las personas, derechos inalienables e irrenunciables, como son el derecho a la propiedad privada, a la libertad, a la seguridad jurídica, derechos que como máximo funcionario del Supremo Gobierno que dignamente encabeza, debe respetar de todo ciudadano y habitante del territorio nacional, sin importar su sexo, edad, inclusive, hasta de su nacionalidad. En el caso particular, se le instruye como representante del Supremo Gobierno, a que Vos y sus subalternos, respeten el derecho de propiedad que tiene la señora Amparo Magdalena, sobre la casa ubicada en Villa de San Ángel.

El general un poco incrédulo, siguió caminando por aquel salón del Palacio Nacional. Tratando de guardar la calma.

-      Don Manuel; no sé de qué patrañas me este hablando. No puedo creer que esas teorías extravagantes francesas y americanas de las que siempre habla, las exponga nuevamente en este preciso momento en que los invasores, quieren firmar la paz a cambio de arrebatarnos Texas, Nuevo México, la Alta y Baja California, Coahuila, Chihuahua, Sonora, y el libre paso por el istmo de Tehuantepec;  ¿No es así general Herrera?
-      Así es general – contesto don José Joaquín Herrera.. 
-      No entiendo don Manuel, que diablos, en estos momentos en que estamos negociando una paz digna, no entiendo de donde me sale eso del juicio de mamparo.
-      De amparo general,  juicio de amparo.
-      De amaro, mamaro, paparo, de cómo se llame don Manuel; no entiendo porque diablos me hable de esos temas, habiendo otros mas importantes para la nación, como lo son las conversaciones de ese tal Trist que viene a firmar con nosotros la paz que finiquite esta guerra, y Vos me habla de ese fallo judicial. ¿Qué diablos tiene que ver eso?.
-      General, yo sé que no es el momento para entrar mas en detalles. Pero vos me pidió le explicara sobre el contenido de este documento y le explicará lo que debía de proceder.
-      Claro que no es el momento don Manuel; estamos pasando por un momento difícil en la historia del país; hemos perdido más de diez mil hombres en esta guerra, las pérdidas materiales seguramente ascenderán a cinco o diez millones de pesos; estamos en riesgo de perder más de la mitad del territorio nacional y usted me habla, de una sentencia judicial. ¡Que inoportunos¡. ¡Sólo eso me faltaba¡. Generales rebeldes, tontos y con iniciativa; soldados maricas y desertores y abogados leguleyos, que invocan acciones judiciales de maparo.
-      Amparo general.
-      De cómo se llame don Manuel; que importe el maldito nombre que tenga, si lo que fuera es una tontería, una verdadera y absoluta tontería que atenta en estos momentos, contra la razón y la elocuencia; quién diablos se le ocurre promover una acción judicial de esta medida e irme a la oficina, a interrumpirme en estos momentos, cuando estoy trabajando por el bienestar de la nación y sale vos, con ese extraño documento a decirme que es algo urgente. ¡Que no tiene consideración¡. ¡Que no es acaso un hombre letrado y de razón, para entender que existen razones fundamentales que son prioritarias y mucho mas importantes que lo que puede contener esa escritura. ¿Estamos hablando de la soberanía¡. De la independencia, de la patria, del futuro del país,  del fin de la guerra, de la paz en toda la república; y Vos me sale a interrumpir con ese pasquin de cuatro fojas, diciéndome que es importante.
-      Lo siento general. Pero tengo la obligación de informarle sobre este documento.



Santa Anna rompió toda compostura y arrebato en forma brusca el documento que tenía en las manos el diputado Rejón, quien se dispuso a leerlo personalmente. Su asombro aumento mas al leer algunos renglones.

-      Acta de reformas. Qué diablos es el acta de reformas.
-      El acta de reformas es la ley fundamental que rige a la nación.
-      La ley fundamental que rige la nación son mis vuevos abogado. – se rieron todos. – no hay mas ley en México que lo que yo disponga, ordene y ejecute; ninguna acta de reformas, estatuto, bases orgánicas, constitución o como se llame, va a prohibir lo que mi santa voluntad ordene. ¿Entiende abogado?. ¡.Ninguna ley está por encima de mis designios¡. ¡Ninguna ley¡.
-      General usted convoco a una nueva Constitución. Juró respetar el mandato de dicha ley.
-      Yo juro ante dios y solo ante él, los seres humanos juramos; no ante una piltrafa de leyes que vienen y se desvanecen como el agua en los ríos; juramos ante el creador y sólo ante él respondemos, ¿entiende abogado?. ¿de donde me saca que jure ante esa ley que se llama Reformas del Acta.
-      Acta de Reformas.
-      Como se llame es igual, ley de papel, de ese que se rompe, se quema, se lleva el viento y se olvida en la memoria del Gobierno.

El generalísimo siguió leyendo el documento, ahora en voz alta, leyó cada párrafo de la sentencia sin poderlo entender el lenguaje de los abogados, no podía concebir mayor concepto de nacionalismo, que defenderse contra el enemigo, lo que le era inadmisible que un  funcionadillo llamado juez, resolviera un expediente en plena guerra…¡Que pendejo está¡….  “…resultaría una contravención del objeto y fin que los legisladores se propusieron, no menos que una muy notable infracción, que inconsecuentemente haría responsable al que la cometiera; que una ley desde el momento que se publica debe ser obligatoria; … ¡Es el colmo, no puedo seguir leyendo mas estupideces¡.  ¡No entiendo¡.  El general estaba desconcertado, indignado, su rostro reflejaba frustración, coraje, incredibilidad. Siguió leyendo aquellas líneas sin poderlas entender, “promovente de garantías”, “disposición constitucional”, más aún su estado de incredibilidad aumento cuando leyó aquel pasaje que decía que no pasaba por  desapercibido “el estado de guerra en que viven las hermanas republicas de México y de los Estados Unidos”, “estado de paz”, “tregua pactada”, “derecho de gentes”, “ propiedad privada”…  de los habitantes de la nación”;… que cúmulo de estupideces. … “ que no obstante de estos argumentos, el Supremo Gobierno encargado del Poder Ejecutivo, no dio contestación a la solicitud de informe justificado que le fue requerido”. … ¿De que informe me habla?.

-      El juez le solicito a Vos, un informe justificado.
-      El juez; así que un infeliz juez es el que pretende ordenarme; quien ha elegido a ese juez, para ponerse por encima de mi autoridad y ordenarme lo que debo o no debo hacer.
-      La Constitución general. El acta de reformas.
-      ¡Mis vuevos cabrones¡…. Entiéndalo bien. Ni el maldito Scott, ni el tal Trist, ni Polk, ni el próximo presidente de los Estados Unidos va a mandarme. ¡nadie¡ ¡ lo entendieron¡. ¡nadie.

El general siguió leyendo el documento, tratando de concentrarse, pudo comprender aquellas palabras: “… se dan por ciertos los hechos…en el sentido de allanar su propiedad … sin que obre mandamiento judicial alguno, ni justificación civil y/o militar fundada y motivada en causas de utilidad pública o seguridad nacional y por ello, violándose un derecho fundamental como lo es, el uso, disfrute y abuso de los derechos reales que tiene la quejosa,…”; …  maldita vieja, habla de violaciones, cuando nunca la he tocado.

-      No general, no se refiere a esas violaciones.
-      ¡Cállese abogado¡. ¡Luego me hace cualquier corrección¡. …hay cosas que no entiendo; cual violación, la casa de san Ángel es mi casa, no la suya, mujerzuela ladrona.

El general molesto, termino de leer la primera hoja y siguió con la segunda foja;  mas aún aquella parte que refería que el juzgado dispensaba a la señora AMPARO MAGDALENA ITURBE ADAMS VIUDA DE MARTINEZ DEL VALLE la protección que esta solicitaba, para que nadie pudiera ocupar sin su consentimiento, su supuesta propiedad sobre la Casona de Tizapán. Pero lo que no alcanzó comprender, era aquella parte de la sentencia que decía: “…. Comuníquese esta disposición al … encargado del Poder Ejecutivo, para el debido acatamiento de este fallo y sus efectos, …”… ¿Qué es eso?. ¿No entiendo?. A quien se refiere como general en jefe y encargado del Poder Ejecutivo.

-      A usted Excelencia.

-      Falta aun mas grave hacía mi persona, llamarme de esa forma; yo que soy el Benemérito de la Patria, General de División, héroe nacional, presidente constitucional; llamarme de esa forma tan vulgar y soez hacía mi persona, a mi, el generalísimo del ejército mexicano, libertador de México, proclamador de la Republica, restaurador de la Federación; no decirme siquiera ni por mi propio nombre, don Antonio López de Santa Anna; esta infamia a la Republica debe cesar; no permitiré jamás que nadie se burle de su Excelencia; es una falta grave a la nación, a vosotros representantes de esta soberanía nacional; bastante tengo con generales insurrectos, soldados desertores y comisionados agiotistas, para tener que lidiar, con funcionadillos judiciales, que pretenden tener mayores poderes que los que la nación me ha conferido. ¿Quiénes ese bastardo quien me ha faltado el respeto de esa forma grave?, ¿Quién es?.

-      Es un Juez.

-      Ese juez debe ser aprehendido e inmediatamente fusilado por traición a la patria; no tiene dicho funcionario porque prohibirme si debo o no debo hacer tales cosas, es un irrespetuoso, un corriente, lépero; que no merece esa investidura;

-      General, yo le pido que se tranquilice.

-      Como pretende que me tranquilice, que no ve que la patria se desmorona; que los Estados Unidos están aquí en México, a unas cuantas leguas, dispuestos a robarnos nuestra bandera, nuestro territorio nacional; nuestra santa fe; de que me pide tranquilidad, que me quede con los brazos cruzados, que sea tolerante con faltas graves como las que me presenta.

-      General créame que no es una falta grave; es una sentencia judicial, en países civilizados, eso es normal.

-      Vos lo dio, en países civilizados, no en México. Eso no es para este país. Al diablo con esas teorías francesas y americanas que no pregonan con la verdad; que no enseñan que hay que robar y despojar al país pobre;  esto es una burla.


El general arrugo las fojas de la sentencia y las hecho al suelo, pisándolo con su bota; ordenando al Coronel Gutiérrez y Mendizábal,  capturara inmediatamente a ese funcionario judicial de nombre Armando Villarejo y lo fusilara por traición a la patria.  Inmediatamente intervino don Manuel Crescencio Rejón, ante la mirada inaudita de todos los testigos.

-      General Santa Anna siempre le mostrado mi lealtad y gratitud, vos me conoce también y sabe bien que siempre con pequeñas discrepancias, pero aun con mas coincidencias, he apoyado a su legitimo gobierno, a quien considero en su persona, mas que a un patriota, a un ser humano noble, de honor y benevolente en sus acciones y pensamientos. Por ello, ruego a Vos, por la vida de ese funcionario judicial, a quien no he tenido la fortuna de conocerlo personalmente, pero a quien reconozco aun sin verlo,  su valentía y conocimiento de la Constitución y las leyes que rigen al país, por haber tenido el gran acierto de haber dado tramite a una acción judicial, que deberíamos enorgullecernos de ella, pero que no por darle tramite, le haya faltado el respeto; ruego a Vos que en su carácter de general en jefe, su sentimiento magnánimo y dispense eso que considera una falta grave.



El creador del juicio de amparo tenía que defender su obra jurídica, hacerle notar a Su Alteza, que siempre en todo momento trato ese tema con el, desde antes de que fuera removido por la revuelta de diciembre de 1844, el recurrente tema que siempre trataba en sus reuniones, en la habana Cuba, cuando regresaron a México, durante su travesía en aquel buque de vapor, cuando ocupo nuevamente la presidencia y le propuso, fuera diputado del nuevo congreso constituyente.

-      Distinguido don Manuel; agradezco su finas palabras a mi persona y también reconozco en vos a un excelente profesional de la justicia; pero quiero que entienda esto.    Si hoy permitimos una falta tan grave, como la que ha hecho este funcionario judicial, el dia de mañana, ningún presidente, llámese Santa Anna o no, podrá hacer algo por el bien del país; paralizado con fallos judiciales tan absurdos como el que pretende defender.  Vos se imagina, un juez cualquiera frenando los designios del jefe de la nación.

-      General, mal interpreta su visión; el juicio de amparo tal como fue aprobado por el constituyente, únicamente protegerá a quien así lo solicite; no es de ninguna forma extensivo ni analógico para casos parecidos; esto es la mejor garantía de su gobierno y quizás el mejor acierto de esta acción constitucional; no frena ni se opone a la fuerza del poder ejecutivo; únicamente dispensa, excusa o bien, ampara o protege, a que la persona beneficiada por dicho fallo, para que ésta sea exenta de que no se le aplique el acto de autoridad que le puede ocasionar daño.  ¡Os juro general, que en ese tenor, no le causa daño esa sentencia¡.

El general se quedo callado tratando de asimilar esa opinión. Claro que le ocasionaba una falta grave esa sentencia, pero ni como explicarlo ante todos los presentes, ese amparo trataba de prohibirle el no allanar una casa de su propiedad, que había comprado él con sus propio dinero y que por motivos de probidad y discrecionalidad política, había puesto a nombre de su viejo conocido el escribano, pero que obviamente, no le daba ningún derecho a su esposa, desconocer quien era el verdadero propietario de esa casa, máxime aún todavía, que  con ese fallo judicial, le pretendía imposibilitar su derecho a entrar a ese inmueble, las veces que este quisiera, así como de buscar en cada rincón de la casa, los títulos de propiedad, de los bienes raíces que había comprado. Y esa razón fundamental, no la podía decir ni en público, ni aún en privado con el licenciado Rejón.

¡Claro que siendo el hombre fuerte del país,  iba a desobedecer dicho mandato judicial¡. Fusilar al juez que le había faltado el respeto y también, apresar a esa mujerzuela que constantemente se burlaba de su autoridad; lo iba hacer para que escarmentaran ambos y para que nadie, absolutamente nadie en este país, se burlara de su investidura y realeza, de ser el jefe de la nación, el benemérito de la patria; su rango de héroe nacional, proclamador de la república, luchador de la guerra de la independencia; comandante en jefe de las fuerzas armadas mexicanas; ni ese juececillo, ni tampoco esa mujerzuela, se iban a burlar de él.

-      No se preocupe don Manuel.- respondió Santa Anna para darle tranquilidad a su fiel asesor – obviamente mintió.

Don Manuel Crescencio Rejón, agradeció con el gesto la benevolencia del general Santa Anna.



Sin embargo, el generalísimo, buen actor en el escenario, sólo hizo una mirada para que el coronel Gutiérrez y Mendizábal lo entendiera; la orden era clara, la confirmó aun mas, cuando este se le acerco y en el oído, el general le instruyo fusilara a ese juez y también, apresara a esa mujer de nombre Amparo Magdalena, dándole amplias facultades para poder inspeccionar cada rincón de la casa, hasta encontrar esos títulos de propiedad, pertenecientes a él y nada más a él.

¿Pero otra pregunta se formuló el general?. ¿Quién diablos promovió este acción judicial en contra mía?. No podría dar crédito el tamaño de la traición y deslealtad, de alguien que siempre pensó iba serle siempre fiel. Su estimado y apreciado abogado. Jorge Enrique salcedo y Salmoran. ¡Pobre pendejo¡. Acaba de cerrarse las puertas para siempre. No aspirara a ocupar ningún cargo importante. Ha traicionado mi confianza y al país entero, con esta acción tan cobarde y mísera ha demostrado ser quien es. ¿Cuanto dinero le dieron?. ¿Que diablos le prometieron?. ¿Porque me ha fallado a mi en estos momentos?.

De esa forma, el general Santa Anna trato de guardar compostura, luego de ese mal rato en que le hicieron pasar los autores intelectuales de ese fallo judicial, que fue la primera sentencia de amparo en la historia del derecho positivo mexicano.

Un amparo que aun le faltaba lo más importante. ¡Cumplirse¡.